Os inforamos que han salido las convocatorias de subvenciones individuales de la junta de Andalucia. Os dejamos a continuacion la informacion referente a ella.Si alguien desea solicitar esta convocatoria se puede pasar por la sede en C/ Maestro Jose Torrellas S/N en Pya- Pueblonuevo, en horario de mañana, sobre todo de martes a miercoles, los lunes y viernes por la mañana estamos realizando gestiones en la calle. Tambien podeis acudir por la tarde en horario de 16- 19h aproximaddamente. El plazo para presentar dichas ayudas es hasta el 3 de abril del 2010
SUBVENCIONES INDIVIDUALES
CAPÍTULO I
Subvenciones individuales para personas mayores.
Para la concesión de las subvenciones previstas en este capítulo, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:
Criterios de valoración Puntuación parcial Puntuación total máxima
1.- Adecuación de la prestación a las necesidades y circunstancias específicas del/de la solicitante. 10%
2.- Adecuación de la prestación para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar. 10%
3.- Edad del/ de la solicitante. - Mayor de 80 años. 15%.
- De 75 a 79 años. 13%.
- De 70 a 74 años. 10%.
- De 65 a 69 años. 5%.
15%
4.- Unidad Familiar. - El/la solicitante único miembro de la unidad familiar o dos miembros de la unidad familiar en la que al menos uno de ellos sea mayor de 80 años. 15%.
- Dos miembros en la unidad familiar. 10%.
- Tres miembros de la unidad familiar. 5%.
- Mas de tres miembros en la unidad familiar. 2%.
15%
5.- Circunstancias sociofamiliares del/de la solicitante.
10%
6.- Circunstancias económicas del/de la solicitante. (Renta per cápita de la unidad económica de convivencia)
De 0 a 900,00 € 20%
De 900,01 a 3.000,00 € 16%
De 3.000,01 a 5.000,00 € 14%
De 5.000,01 a 7.000,00 € 12%
De 7.000,01 a 9.000,00 € 10%
De 9000,01 a 11.000,00 € 8%
De 11.000,01 a 13.000,00 € 4%
Igual o mayor de 13.000,01 € 2%
10%
7.- Situación de dependencia del/ de la solicitante.
(No excluyentes).
-Grado de dependencia: Grado III nivel lI 100%
-Grado de dependencia: Grado III nivel l 80%
-Grado de dependencia: Grado II nivel lI 50%
-Grado de dependencia: Grado II nivel l 40%
30%
CAPÍTULO II
Subvenciones Individuales Para Personas Con Discapacidad
Para la concesión de las subvenciones previstas en este Capítulo, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:
Criterios de valoración Puntuación Puntuación total máxima
Adecuación de la prestación a las necesidades de la persona solicitante o para la que se solicita
- entre 0 y 40 40
Circunstancias económicas del/de la solicitante.
(Renta per cápita de la unidad económica de convivencia) - entre 0,00 a 900 euros……..25
- entre 900,01 a 3.000,00 euros……………….….…………….20
- entre 3.000,01 y 5.000,00 euros………………………………….15
- entre 5.000,01 a 7.000,00 euros ……………………………….10
- entre 7.000,01 a 9.000,00 euros………………………………….5
- entre 9.000,01 a 9.475,20 euros………..……………………….1 25
Situación familiar - encontrarse en alguna de las siguientes situaciones: haber otro miembro con discapacidad o ancianidad en la familia, ser familia monoparental, numerosa o exclusión social………………….10
10
Grado de minusvalía - entre 33 y 44 ……………………..2
- entre 45 y 60 ……………………..4
- entre 61 y 74……………………….6
- entre 75 y más sin necesidad de tercera persona……………..8
- entre 75 y más con necesidad de tercera persona……………………………..10
10
Grado y nivel de dependencia - grado I-nivel 1
- grado I-nivel 2
- grado II-nivel 1
- grado II-nivel 2
- grado III.nivel 1
- grado III-nivel 2 2
4
6
8
9
10
Otras circunstancias - Que la ayuda no haya sido atendida en años anteriores por no alcanzar la puntuación mínima establecida para cada modalidad.
5
PUNTUACIÓN TOTAL MAXIMA 100
La representación de sexos en el volumen final de concesión de estas ayudas deberá estar equilibrado al 50%.
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